El Régimen Simplificado de Confianza RESICO 626 es un régimen fiscal opcional diseñado por el SAT mexicano para simplificar el cumplimiento de obligaciones fiscales de pequeños contribuyentes, principalmente emprendedores y microempresas, este régimen fiscal tiene entre tantas ventas el bajo pago de ISR impuesto sobre la renta , haciéndolo ideal para aquellos que inician la formalización de su negocio.
En base a mi experiencia asesorando, capacitando, ayudando a emprendedores y PyMEs estas son las principales :
Es un privilegio estar en este régimen fiscal pues es crítico cuidar que te expulsen del régimen.
Pueden optar por el RESICO aquellos contribuyentes que tengan ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y que cumplan con ciertos requisitos establecidos por el SAT.
Pueden ser personas físicas o personas morales como lo son las SAS ( Una Sociedad por Acciones Simplificada) Las personas morales pueden facturar hasta 35 millones de pesos.
Los requisitos para ingresar al RESICO incluyen tener ingresos menores a 3.5 millones de pesos al año, no realizar actividades profesionales, no ser accionista o socio de otra empresa, entre otros. Es importante revisar los requisitos actualizados establecidos por el SAT.
A partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. Esto en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4% durante 2020, lo cual representa diez veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.
Los contribuyentes del RESICO realizan pagos bimestrales fijos, los cuales se calculan con base en una tarifa establecida por el SAT, que depende del tipo de actividad que realizan.
Podrás optar por realizar un solo pago anual de impuestos por este periodo de tiempo cuando aplique.
La tabla oficial para el pago de impuesto anual – declaración anual se encuentra aquí .
Una segunda opción es realizar pagos mensuales, que se deberán realizar a más tardar el día 17 del mes siguiente
En el RESICO se simplifican las obligaciones fiscales relacionadas con la presentación de declaraciones y pagos de impuestos. Además, se pueden llevar registros contables simplificados.
Las personas físicas que :
Las personas que tienen ingresos por sueldos y salarios seguirán tributando en su régimen original, pues no existe opción para tributar mediante RESICO por ese tipo de ingresos.
Sí, los contribuyentes del RESICO pueden emitir facturas electrónicas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por el SAT. Las principales son :
Siempre debes tener en cuenta dos aspectos importantes: el ISR y el IVA. Aunque en este régimen fiscal no puedes realizar deducciones para tu pago de ISR, en el caso del IVA puedes acreditarlo en función de tus gastos.
Es recomendable seguir solicitando facturas a tus proveedores, ya que contar con estos comprobantes respalda tus operaciones y te permite realizar un adecuado seguimiento de tus transacciones. Además, facilita la contabilidad y demuestra la legalidad de tus actividades comerciales, lo que puede ser beneficioso en diversas situaciones.
Si tus ingresos superan los 3.5 millones de pesos anuales mientras estás en el RESICO, deberás cambiar a un régimen fiscal distinto, como el Régimen General.
Puedes obtener más información sobre el RESICO, incluyendo requisitos actualizados y procedimientos, en el sitio web oficial del SAT (www.sat.gob.mx) o acudiendo a las oficinas del SAT más cercanas a tu ubicación.
Recuerda que estas respuestas son generales y es importante consultar directamente las leyes y regulaciones actuales del SAT para obtener información precisa y actualizada sobre el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) simplifica los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma), además otorga facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
Los contribuyentes que tributan en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.
Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.
Las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.
Para emitir facturas electrónicas estando en el Régimen de Incorporación Fiscal (RESICO), primero necesitas obtener tu Certificado de Sello Digital (CSD) utilizando tu Firma Electrónica y el sistema CERTISAT .
Una vez que tengas tu CSD, puedes utilizar un software de facturación como empresapyme.com el cual te ayuda a hacer las retenciones de ISR cuando una persona física RESICO factura a una persona moral o el Portal del SAT para generar tus facturas electrónicas.
Debes ingresar los datos correspondientes al receptor de la factura, los conceptos o productos vendidos, así como los impuestos aplicables. Después de generar la factura electrónica, debes enviarla al cliente y conservar una copia para tus registros fiscales.
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